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institución:PARTICULAR
 
año:2015
 
tipodocumento:BE Criterios y Pronunciamientos
 

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División de Contratación Administrativa Contraloría General de la República T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica Al contestar refiérase al oficio Nº 10471 22 de julio del 2015 DCA-1790 Señora María Alejandra Murcia Saborío jwmurcia@ice.co.cr Estimada señora: Asunto: Se solicita criterio sobre la aplicación de los artículos 22 y 22 bis de la Ley de Contratación Administrativa a las personas que ocupan puestos de Vicealcaldes. Se da respuesta al oficio sin número de fecha 07 de julio del año en curso, mediante el cual solicita el criterio de este órgano contralor sobre los alcances que tienen los artículos 22 y 22 bis de la Ley de Contratación Administrativa para aquellas personas que ocupan puestos de Vicealcaldes, al estar participando actualmente por ese puesto de elección popular en la Municipalidad de Esparza. 1.- Criterio del Despacho. En atención al requerimiento formulado, se transcribe en lo conducente, lo dispuesto por la División de Contratación Administrativa en la Resolución LEV-PROH-37-2011 de las nueve horas del tres de noviembre del dos mil once, en donde se analiza lo solicitado en su nota: “En el presente caso se tiene que la señora…, esposa del gestionante, ostenta el cargo de vicealcaldesa segunda de la Municipalidad de San Ramón (ver hechos probados 2 y 3); y que sobre las funciones del vicealcalde segundo, el artículo 14 del Código Municipal, dispone: “en los casos en que el vicealcalde primero no pueda sustituir al alcalde, en sus ausencias temporales y definitivas, el vicealcalde segundo sustituirá al alcalde, de pleno derecho, con las mismas responsabilidades y competencias de este durante el plazo de la sustitución.” De frente al caso de mérito, debe tenerse presente que el inciso b) del artículo 22 bis de la Ley de Contratación Administrativa, únicamente e ...
Fecha publicación: 25/07/2015
Fecha emisión: 22/07/2015
Documento: 10471-2015.pdf
Institución: PARTICULAR
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO


División Jurídica Contraloría General de la República T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica Al contestar refiérase al oficio Nº 10476 22 de julio del 2015 CGR/DJ-1437-2015 Señor. Geovanni Alfaro Cháves. Apoderado de PIE Promotores Inmobiliarios Especializados. info@piesacr.com asibaja@piesacr.com Estimado Señor: Asunto: Se rechaza solicitud de criterio por tratarse de caso concreto y otro.. Se refiere este Despacho a su nota del 13 de julio del 2015, recibido en esta Contraloría General en esa misma fecha, en la que consulta sobre aspectos concretos del procedimiento de contratación directa y en particular respecto al proceso de compra directa N° 2015 CD- 000149-1 promovido por la Municipalidad de Santo Domingo de Heredia. Con respecto a la solicitud formulada, le indicamos que de conformidad con el artículo 29 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República Nro. 7428 del 07 de setiembre del año 1994 y el reglamento R-DC-197-2011 publicado en Gaceta Nº 244 del 20 de diciembre de 2011, denominado “Reglamento sobre la recepción y atención de consultas dirigidas a la Contraloría General de la República”, la gestión que plantea incumple los criterios de admisibilidad dispuestos en los artículos 6, 8 y 9 de ese cuerpo normativo, por los siguientes motivos: El artículo 6 del citado reglamento establece que: “Artículo 6º—Sujetos que participan en el procedimiento consultivo. Son parte del procedimiento consultivo los sujetos consultantes, a saber, los órganos parlamentarios, los diputados de la República, los sujetos pasivos de la fiscalización de la Contraloría General, el auditor y subauditor interno y los sujetos privados que tengan vínculo con temas de competencia del órgano contralor, así http://www.cgr.go.cr/ mailto:asibaja@piesacr.com División Jur ...
Fecha publicación: 24/07/2015
Fecha emisión: 21/07/2015
Documento: 10476-2015.pdf
Institución: PARTICULAR
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
Tesauro: Caso concreto


División Jurídica Contraloría General de la República T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica Al contestar refiérase al oficio Nº 10050 15 de julio del 2015 CGR/DJ-1377-2015 Señora Ana Lorena Ulate Rodríguez Particular Correo electrónico: aloreur@yahoo.com Asunto: Se consulta cómo se aplicaría el régimen de prohibición, de resultar electa en el puesto de primera vicealcalde de una municipalidad una persona que es docente universitaria. Estimada señora: Se refiere este Despacho a su oficio sin número, de fecha 3 de junio de 2015 y que fue recibido en esa misma fecha por parte del ente contralor; en este sentido, se atiende dos dudas específicas surgidas respecto a la temática consultada y que el particular sintetiza de la siguiente manera: “…Si una persona, con grado académico de maestría, es docente propietaria en la disciplina de la Filosofía en una universidad pública y va a ser propuesta, para las próximas elecciones municipales, como candidata a la primera vicealcaldía en la nómina de un partido político: ¿cómo se le aplicaría, de resultar electa, el régimen de prohibición según la Ley contra la corrupción y el enriquecimiento ilícito en la función pública? Específicamente aclárenme por favor las siguientes preguntas: 1. ¿Deberá solicitar a la universidad un permiso sin goce de salario para hacerse cargo de sus funciones en la municipalidad? 2. De ser así, ¿podrá recibir, como parte de su nuevo salario, la retribución del 65% aunque no ejerza una profesión liberal?...” División Jurídica Contraloría General de la República T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica 2 I. CONSIDERACIONES PRELIMINARES En primer término, es necesario indicar que el ejerc ...
Fecha publicación: 18/07/2015
Fecha emisión: 15/07/2015
Institución: PARTICULAR
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
Tesauro: Alcalde y Vicealcaldes


División Jurídica Contraloría General de la República T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica Al contestar refiérase al oficio Nº 9975 14 de julio del 2015 CGR/DJ-1358-2015 Señor José Manuel Monge Cárdenas Funcionario IMPRENTA NACIONAL mmonge@imprenta.go.cr Estimados señores: Asunto: Se rechaza solicitud de criterio por falta de criterio legal, falta de firma y no viene suscrita por jerarca. Se refiere este Despacho a su correo electrónico de 16 de junio de 2015, recibido en esta Contraloría General en misma fecha, mediante el cual consulta las potestades que posee la Auditoria Interna, para poder revisar los expedientes personales de los funcionarios que conforman la Comisión de Valores de la Imprenta Nacional. En atención a la consulta planteada, debe advertirse que en el ejercicio de la potestad consultiva de la Contraloría General, regulada en el artículo 29 de la Ley Orgánica (Ley Nº 7428 del 4 de setiembre de 1994), el órgano contralor ejerce la potestad consultiva en el ámbito de sus competencias, de manera que atiende las consultas que al efecto le dirijan los órganos parlamentarios, los diputados de la República, los sujetos pasivos y los sujetos privados no contemplados en el inciso b), del artículo 4, de la indicada ley. En este sentido, el “Reglamento sobre la recepción y atención de consultas dirigidas a la Contraloría General de la República”, R-DC-0197-2011 de las 8.00 horas del 13 de diciembre de 2011, establece las condiciones que rigen el trámite y la atención de las consultas ingresadas como parte del ejercicio de la competencia consultiva. mailto:mmonge@imprenta.go.cr División Jurídica Contraloría General de la República T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr http://www.cgr.go ...
Fecha publicación: 17/07/2015
Fecha emisión: 14/07/2015
Documento: NI15333.pdf
Institución: PARTICULAR
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
Tesauro: Falta de legitimación


División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Fiscalización de Servicios para el Desarrollo Local Contraloría General de la República T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica Al contestar refiérase al oficio N.° 09905 13 de julio, 2015 DFOE-DL-0752 Señora Flora Picado Steller Presidenta freddyrcordero@hotmail.com ASOCIACIÓN CÍVICA PUEBLOS COSTEROS DISTRITOS DE MANZANILLO Y CHOMES Estimada señora: Asunto: Atención de consulta relacionada con destino de emulsión asfáltica donada por RECOPE a la Municipalidad de Puntarenas para un proyecto diferente al inicialmente propuesto. Se atiende el oficio sin número del 1° de junio del año en curso, en el que esa Asociación expone que la Refinadora Costarricense de Petróleo S.A. (RECOPE) donó a la Municipalidad de Puntarenas 402.110 litros de emulsión asfáltica para la ejecución del proyecto Lagarto Sur–Manzanillo, Manzanillo–Abangaritos dentro del programa de caminos y que consta en el estudio técnico 1-0138-2015. 1. Objeto de la consulta Puede la Municipalidad de Puntarenas por medio de sus regidores o Alcalde Municipal disponer de parte de la emulsión de asfalto para otro proyecto que no sea para el que está dirigido, antes o en la ejecución de este. 2. Criterio del Órgano Contralor Resulta de capital importancia, que la consultante considere que en el ejercicio de la potestad consultiva de la Contraloría General, regulada en el artículo 29 de la Ley Orgánica (Ley N.º 7428 del 4 de setiembre de 1994) y el Reglamento sobre la recepción y atención de consultas dirigidas a la Contraloría General de la República (Resolución N.° R-DC-197-2011 publicada en el diario oficial La Gaceta N.° 244 del 20 de diciembre de 2011), el Órgano Contralor tiene por norma no referirse a casos y situaciones concretas. De manera precisa, en el artículo 8, de la norma ...
Fecha publicación: 17/07/2015
Fecha emisión: 13/07/2015
Institución: PARTICULAR
Emite: AREA FISC. SERV. DESARROLLO LOCAL
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
Tesauro: Donación de bienes


División Jurídica Contraloría General de la República T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica Al contestar refiérase al oficio Nº9943 13 de julio del 2015 CGR/DJ-1352-2015 Señora Vilma Mora Jiménez Regidora MUNICIPALIDAD DE TURRIALBA Estimada señora: Asunto: Se rechaza consulta por incumplir requisitos de admisibilidad. Se refiere este Despacho a su correo electrónico, del 18 de junio de 2015, recibido el 18 de junio del mismo año, en el cual se solicita criterio respecto a una serie de interrogantes relacionados con la disposición de un bien inmueble municipal mediante un convenio con una empresa privada. En atención a la consulta planteada, debe advertirse que en el ejercicio de la potestad consultiva de la Contraloría General, regulada en el artículo 29 de la Ley Orgánica (Ley Nº 7428 del 4 de setiembre de 1994), el órgano contralor ejerce dicha función en el ámbito de sus competencias, de manera que atiende las consultas que al efecto le dirijan los órganos parlamentarios, los diputados de la República, los sujetos pasivos y los sujetos privados no contemplados en el inciso b), del artículo 4, de la indicada ley. En este sentido, el “Reglamento sobre la recepción y atención de consultas dirigidas a la Contraloría General de la República”, R-DC-0197-2011 de las 8.00 horas del 13 de diciembre de 2011, establece las condiciones que rigen el trámite y la atención de las consultas ingresadas como parte del ejercicio de la competencia consultiva. Concretamente, el artículo 8 dicho reglamento contempla los requisitos necesarios para la presentación de una consulta ante la Contraloría General de la Republica. División Jurídica Contraloría General de la República T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr http://www.cgr.go.cr/ ...
Fecha publicación: 16/07/2015
Fecha emisión: 13/07/2015
Institución: PARTICULAR
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
Tesauro: Caso concreto


División Jurídica Contraloría General de la República T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica Al contestar refiérase al oficio N° 09873 10 de julio del 2015 DJ-1335-2015 Señor Roberto Blen C. Gerente IMARHOS S.A. imarhos_2@hotmail.com Asunto: Rechazo consulta. Falta de legitimación. Estimado señor: Se refiere este Despacho a su oficio fechado 25 de junio del año en curso, mediante el cual nos plantea consulta relacionada con la legalidad de los instructivos de compras que utiliza el Instituto Nacional de Seguros para proveerse de ciertos insumos, cuya modalidad es por medio de subastas, lo que usted considera ha venido afectando a los proveedores, pues compiten en condiciones desiguales y aportando diferentes requisitos para participar dentro de la misma contratación, según indica en su escrito. Sobre el particular, se advierte que en el ejercicio de la potestad consultiva de la Contraloría General, regulada en el artículo 29 de la Ley Orgánica (Ley Nº 7428 del 4 de setiembre de 1994), el órgano contralor ejerce esta competencia de manera que atiende las consultas que al efecto le dirijan los órganos parlamentarios, los diputados de la República, los sujetos pasivos y los sujetos privados no contemplados en el inciso b), del artículo 4, de la indicada ley. En ese sentido el “Reglamento sobre la recepción y atención de consultas dirigidas a la Contraloría General de la República”, R-DC-0197-2011 de las ocho horas del trece de diciembre de 2011, establece las condiciones que rigen el trámite y la atención de las consultas ingresadas como parte del ejercicio de la competencia consultiva. Al efecto, en el artículo 8 del reglamento indicado se estipulan los requisitos de presentación y admisibilidad de las consultas dirigidas al órgano contralor, que textualmente in ...
Fecha publicación: 13/07/2015
Fecha emisión: 10/07/2015
Institución: PARTICULAR
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
Tesauro: Falta de legitimación


División Jurídica Contraloría General de la República T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica Al contestar refiérase al oficio Nº 9724 09 julio de 2015 CGR/DJ-1299 Licenciado Timoteo Fallas García Encargado de Proceso, INA PARTICULAR Correo electrónico: timoteofallas@hotmail.com Estimado señor: Asunto: Se rechaza solicitud de criterio por falta de legitimación. Se refiere este Despacho a su solicitud ingresada por correo electrónico en fecha 03 de julio del año en curso, mediante la cual consulta sobre decisiones en relación con la integración de órganos directores de procedimientos administrativos. En atención a las inquietudes planteadas, debe advertirse que en el ejercicio de la potestad consultiva de la Contraloría General, regulada en el artículo 29 de la Ley Orgánica (Ley Nº 7428 del 4 de setiembre de 1994), el órgano contralor ejerce la potestad consultiva en el ámbito de sus competencias, de manera que atiende las consultas que al efecto le dirijan los órganos parlamentarios, los diputados de la República, los sujetos pasivos y los sujetos privados no contemplados en el inciso b), del artículo 4, de la indicada ley. En este sentido, el “Reglamento sobre la recepción y atención de consultas dirigidas a la Contraloría General de la República”, R-DC-0197-2011 de las ocho horas del trece de diciembre del 2011, establece las condiciones que rigen el trámite y la atención de las consultas ingresadas como parte del ejercicio de la competencia consultiva. En lo de interés, el reglamento de cita establece algunos requisitos de obligado cumplimiento al momento de remitir una consulta a la Contraloría General de la Republica; concretamente, sus artículos 6) y 8) inciso 4), establecen para los supuestos de gestiones interpuestas por particulares, que los sujetos legitimad ...
Fecha publicación: 12/07/2015
Fecha emisión: 09/07/2015
Documento: 9724-2015..pdf
Institución: PARTICULAR
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
Tesauro: Falta de legitimación


1 División Jurídica Contraloría General de la República T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica Al contestar refiérase al oficio No. 09474 6 de julio, 2015 CGR/DJ-1252 Señor Edwin Mauricio Luna Monge Asesor jurídico MINISTERIO DE CULTURA Y JUVENTUD edwinmauricioluna@hotmail.com Estimado señor: Asunto: Solicitud de levantamiento de incompatibilidad para el ejercicio simultáneo de cargos público, a efectos de prestar servicios artísticos a la Compañía Nacional de Teatro del Teatro Popular Melico Salazar. Se refiere este Despacho a sus oficios sin número, de fechas 15 de junio y 19 de junio del año en curso, recibido en esta Contraloría General el 17 de junio y el 23 de junio respectivamente, relacionados con la solicitud de levantamiento de incompatibilidad para el ejercicio simultáneo de cargos públicos, a efectos de que el señor Edwin Mauricio Luna Monge pueda prestar sus servicios artísticos a la Compañía Nacional de Teatro en la obra de teatro Calígula de Albert Camus. I.- OBJETO DE LA SOLICITUD El señor Edwin Mauricio Luna Monge concretamente solicita al Órgano Contralor lo siguiente: “(...) 1. Se me aclare si por recibir una remuneración salarial del Ministerio de Cultura y Juventud, se podría considerar que el pago de un honorario por la contratación de servicios artísticos por parte del Teatro Popular Melico Salazar – Compañía Nacional de Teatro, podría considerarse una violación al artículo 17 de la Ley contra la corrupción y el enriquecimiento ilícito en la función pública. // 2. En caso de ser afirmativa la respuesta, solicito respetuosamente me sea levantada la incompatibilidad; considerando que no existiría superposición horaria, ni inclusión en la planilla del Teatro, a efecto de ser contratado por la Compañía Nacional de Teatro para la prestación de un servicio artístico de ...
Fecha publicación: 09/07/2015
Fecha emisión: 06/07/2015
Documento: 9474-2015.pdf
Institución: PARTICULAR
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: AUTORIZACIONES PARA INTEGRAR MAS DE TRES JUNTAS DIRECTIVAS. ART. 17 DE LA LEY NO. 8422 Y ART. 33 DEL REGLAMENTO


División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Fiscalización de Servicios para el Desarrollo Local Contraloría General de la República T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica Al contestar refiérase al oficio N.° 09243 1° de julio, 2015 DFOE-DL-0724 Señor Alexis Barquero Benavides Presidente fangeldeamor@hotmail.com FUNDACIÓN ÁNGEL DE AMOR Pococí - Limón Estimado señor: Asunto: Solicitud de criterio en punto a si la Fundación Ángel de Amor puede o no recibir transferencias en especie de la Municipalidad de Pococí. Se atiende el oficio FADA-033-2015 del 11 de junio del año en curso, en el que expone la finalidad y campo de acción de la Fundación Ángel de Amor, en particular comenta sobre el centro “hogar de personas en riesgo social y con discapacidad” que tienen a cargo y que opera en Pococí, todo ello para solicitar el criterio del Órgano Contralor con respecto a si pueden recibir transferencias en especie de parte de la Municipalidad de Pococí. 1. Motivo de la gestión De la gestión recibida complementada con lo comentado por su persona, según conversación telefónica del día 17 junio de los corrientes, se determina que pretende obtener criterio de la Contraloría General de la República referente a si la Fundación Ángel de Amor puede recibir transferencia de recursos en especie por parte de la Municipalidad de Pococí. 2. Criterio del Órgano Contralor Resulta de capital importancia, que el consultante considere que en el ejercicio de la potestad consultiva de la Contraloría General, regulada en el artículo 29 de la Ley Orgánica (Ley N.º 7428 del 4 de setiembre de 1994) y el Reglamento sobre la recepción y atención de consultas dirigidas a la Contraloría General de la República (Resolución N.° R-DC-197-2011 publicada en el diario oficial La Gaceta N.° 244 del 20 de diciembre de 2011), el Ór ...
Fecha publicación: 03/07/2015
Fecha emisión: 01/07/2015
Institución: PARTICULAR
Emite: AREA FISC. SERV. DESARROLLO LOCAL
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
Tesauro: Donación de bienes